va la nota, copiada del Foro de Rava

Buenos Aires, 20 de marzo de 2006


Señores:
Comisión Nacional de Valores
Presente



Ref.: Art. 2 Cap. XXI de las Normas (N.T. 2001) y mod.


De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. con motivo de las versiones periodísticas del pasado 9 de marzo y del aviso publicado en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires del 13 de marzo, referidas a una denuncia penal formulada por la Fiscal General ante la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, acompañada por el titular de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. La misma está vinculada con los acuerdos preventivos de acreedores de la Sociedad y de Compañía General de Combustibles S.A.
Sobre el particular, informamos que, atento a que dicha denuncia está plagada de falsedades y de afirmaciones caprichosas para tratar de cuestionar desde la óptica del derecho penal dichos procesos concursales, la Sociedad presentó un escrito ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 6, Secretaría N° 11, donde quedó radicada dicha denuncia.
En el mismo, se hace saber que los hechos a los que se refiere la denuncia han sido profundamente debatidos en sede comercial, pues la Sra. Fiscal General, en su dictamen de fecha 23.08.04 ya se había opuesto a la homologación del concurso de la Sociedad con similares argumentos a los que ahora ha volcado en su denuncia; que el acuerdo preventivo al que se arribó fue homologado en primera instancia el 01.03.04 y en segunda instancia el 22.06.05; y que la Sra. Fiscal General presentó un recurso extraordinario contra la sentencia homologatoria de la Cámara, cuya concesión o rechazo aún no fue resuelto.
Asimismo, se afirma que las cuestiones debatidas son de estricta naturaleza comercial y, por ende, ajenas al derecho penal; que es inminente una decisión de la Cámara Comercial sobre la procedencia del recurso extraordinario presentado por la Sra. Fiscal General contra la sentencia de dicho Tribunal que homologó el acuerdo preventivo de la Sociedad; y que la formulación de la presente denuncia, inusualmente difundida en los medios de comunicación el mismo día de su presentación, resulta un modo inaceptable de presión para con los integrantes de aquel Tribunal.
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.


Santiago Soldati