Transcribo nota aparecida en Nosis

Buenos Aires, mar. 21 --(Nosis)—- La Bolsa de Comercio ido a conocer fundamentos de la adecuación de encuadre reglamentario de Sociedad Comercial del Plata SA (individualización de empresa).

Según puntualizó, de la información contable correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre pasado surge un Patrimonio Neto positivo de 100.013.000 pesos, así como resultados no asignados negativos por 1.166.411.000 pesos, que insumen las reservas y el 82,53 por ciento del capital ajustado y alcanzan al 92,10 del Patrimonio Netok excluyendo del mismo a esos resultados.

La Comisión de Títulos en su reunión del 16 de marzo pasado aconsejó adecuar el encuadre reglamentario en rueda reducida de las acciones de la Sociedad, dejando sin efecto la aplicación de la Resolución de {consejo 04/02 y sus modificatorias y comprendiéndola en las disposiciones del artículo 48 incisos b) y c) del Reglamento de Cotización, anulando su individualización con el Código 13, como así también individualizar a la Sociedad con la llamada especial número 28.

En esta llamada se alude a la documentación contable al 31 de diciembre último.

En ella, al aludir a la situación de su concurso preventivo, la empresa manifiesta que si bien no está firme la homologación judicial del concurso preventivo, en virtud de recursos pendientes de resolución por la Sala D de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, ello no suspende la ejecutividad de la sentencia homologatoria ni los plazos de cumplimiento de la propuesta.

La sociedad indica que en virtud de que las resoluciones judiciales favorables emitidas en el concurso la obligan a seguir implementando los pasos necesarios para cumplimentar la propuesta concursal, su directorio consideró conveniente contemplar en los estados contables al 31 de diciembre la totalidad de los efectos económicos derivados de su concurso preventivo, entendiendo que refleja más adecuadamente su situación patrimonial y económico-financiera.

Además, señala que en caso de que la homologación de su acuerdo preventivo no quedara firme, la Sociedad estaría sujeta a la figura del crackdown prevista en el artículo 46 de la Ley de Concursos y Quiebras.

Además, el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas Manuel Garrido y la Fiscal General de la Cámara Comercial Alejandra Gils Carbó comunicaron a la Bolsa la presentación de una denuncia penal por la presunta comisión de delitos de acción pública en la celebración de los acuerdos preventivos de Sociedad Comercial del Plata SA y Compañía General de Combustibles SA.